Comunicado del 6 de Marzo de 2020

DICASTERIO DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES

 

A todos los ministros

A todos los fieles

Sus sedes

Objeto: Iglesia Cristiana Universal de la Nueva Jerusalén: Medidas del Gobierno para el contraste y la contención de la difusión del Covid-19 (Coronavirus)

 

En el día de hoy ha sido oficialmente notificado a la Iglesia Cristiana Universal de la Nueva Jerusalén el texto del Decreto del Presidente del Consejo de los Ministros (DPCM) del pasado 4 de marzo teniendo como objeto las medidas adoptadas por el Gobierno italiano para aplicarse en todo el territorio nacional para contrastar y contener la difusión de Covid-19 (el dicho Coronavirus).

Al fin de respetar y hacer aplicar las medidas indicadas por el Gobierno italiano a todos los responsables, los colaboradores y los fieles de la Iglesia, con la presente se evidencian algunos contenidos del Decreto inherentes a las medidas relacionadas con las actividades de culto.

  1. El art. 1, letra b) del DPCM 4 marzo 2020 decreta que “se suspenden las manifestaciones, los eventos y los espectáculos de cualquier naturaleza, incluyendo aquellos cinematográficos y teatrales, desenvueltas en cualquier lugar, tanto público como privado, que conllevan hacinamiento de personal tal de no consentir el respeto de la distancia de seguridad interpersonal de al menos un metro del cual al adjunto 1, letra d)”. El adjunto 1, que concierne las “medidas higiénico-sanitarias” a la letra d) contiene textualmente la referencia al “mantenimiento, en los contactos sociales, de una distancia interpersonal de al menos un metro”.

    De todo esto deriva que la participación a manifestaciones y eventos, incluso los de carácter religioso, se permite en el “respeto de la distancia de seguridad interpersonal de al menos un metro”. Dicho respeto, por lo tanto, tendrá que ser garantizado tanto al interior de los Lugares de Culto, como por ejemplo al interior del Santuario de la Divina Misericordia en la sede principal de la Iglesia como en lugares al aire libre, como en el caso de los espacios enfrente de y limítrofe la “Pequeña Cuna del Niño Jesús”en la Tierra de Gallinaro(FR).

    Dichas medidas tendrán que adoptarse incluso durante el itinerario que los fieles recorren en grupo para llegar a los lugares de culto arriba mencionados, al fin de respetar la distancia de seguridad interpersonal de al menos un metro entre cada fiel y acompañador.
     

  2. Con referencia a los viajes organizados, el citado DPCM del pasado 4 de marzo prevé que “las empresas de transporte público incluso de larga distancia adoptan intervenciones extraordinarias de esterilización de los medios” (art.2, lettera h). Por lo tanto, los fieles y los organizadores de los viajes tendrán que cerciorarse que dichas disposiciones sean respetadas por parte de las empresas de transporte público y privado.
     

  3. En el citado DPCM, al art. 2, letra b), “se hace expresa recomendación a todas las personas ancianas o enfermas de patologías crónicas o con afecciones múltiples o sea con estados de inmunosupresión congénita o adquirida, de evitar salir de la propia habitación o vivienda fuera de los casos de estricta necesidad y de evitar en todo caso lugares atestados en los cuales no sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal de al menos un metro, de la cual al adjunto 1, letra d)”.

 

Finalmente, se evidencia que por lo que concierne los comunes de la dicha “zona roja” (Bertonico; Casalpusterlengo; Castelgerundo; Castiglione d’Adda; Codogno; Fombio; Maleo; San Fiorano; Somaglia; Terranova dei Passeri; Vo’) el DPCM del 1 de marzo de 2020 ha decretado “la suspensión del servicio de transporte de bienes y de personas incluso los servicios de tramp”.

Tanto se transmite con solicitud de máxima difusión entre los responsables de las distintas áreas territoriales, entre los fieles y entre los que participan a las actividades de la Iglesia.

Sede, 6 de marzo de 2020

 

El Responsable

Nello Migliaccio